Preguntas frecuentes

COMPRAR UNA PROPIEDAD EN MARBELLA

España es un país fantástico para visitar y vivir. Hay numerosas ciudades de tamaño considerable, que ofrecen todos los servicios que necesitas y una diversidad fantástica en cuanto a naturaleza, cultura, música, gastronomía, vinos, actividades, etc.

Los precios de las propiedades han bajado entre un 20 y un 40 % en la mayoría de las áreas entre 2.008 y 2.012, ¡así que es el momento de comprar ahora!

Dentro de todas las opciones en España, Marbella es simplemente EL LUGAR PARA ESTAR por muchas razones de las cuales destacamos:

  • Desde el punto de vista comercial, al comprar una propiedad en Marbella, está comprando una marca que es muy conocida y respetada en todo el mundo y que mantiene más seguro el valor de su propiedad.
  • Clima: promedio anual de 20º centígrados y 325 días de hermoso sol.
  • Ubicación estratégica: Marbella se encuentra en la costa sur de España, en la provincia de Málaga. Desde Marbella tiene fácil acceso a dos aeropuertos internacionales en Málaga y Gibraltar, tren de alta velocidad en Málaga, autopistas y autopistas que conectan con las ciudades históricas de Córdoba, Sevilla y Granada en 2 horas en coche o con algunos pueblos increíbles como Ronda, Jerez y Antequera.
  • Multicultural: Marbella alberga a más de 120 nacionalidades diferentes.
  • Playa, luz y naturaleza: estas son las primeras cosas que notarás cuando vengas a Marbella. Vivir en Marbella significa vivir rodeado de jardines subtropicales en casi todos los lugares, tener la playa casi a mano en cualquier momento y estar iluminado por la luz del sol la mayoría de los días del año.
  • Servicios y actividades: en Marbella hay muchos tipos diferentes de restaurantes y bares, hoteles, clubes deportivos, campos de golf, vela, vela, kitesurf, ciclismo, bicicleta de montaña, senderismo, tiendas y boutiques y un hermoso casco histórico.

Una vez que haya encontrado la propiedad que le gusta, el proceso básico de compra en Marbella es:

  • Reserva la propiedad. Normalmente se requiere un “Contrato de Reserva” y el pago de un depósito para “bloquear” la propiedad fuera del mercado. El depósito debe pagarse en la cuenta de la agencia del vendedor. Una vez hecho esto, dentro de 10 a 20 días se deben preparar todos los documentos para el Contrato de Compra Privada. (hipoteca, abogado, notario, etc).
  • Contrato de Compra Privada. Este será firmado por el comprador y el vendedor, detallando las condiciones de compra y completando el pago del 10% del precio de compra. (importe del depósito más el importe restante para completar el 10% del precio de compra). En este contrato se deben explicar todos los detalles de la compra, incluyendo una fecha fija o aproximada para hacer el Registro de la Propiedad, normalmente unas 4 semanas después.
  • Registro de la Propiedad. Esto se lleva a cabo en la oficina del Notario seleccionado, quien certifica que la propiedad se vende correcta y legalmente. Todos los pagos vencidos tienen lugar en este momento.

Antes de acudir al Notario y registrar oficialmente la propiedad, se deben aplicar los siguientes costos e impuestos:

Derechos de registro: normalmente 0,2 %, o incluso menos, del valor declarado en la escritura.

Gastos de notario: normalmente no superan el 0,3% del valor declarado en la escritura.

Impuestos

  • Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), 8%, 9% o 10%.

El comprador paga por ello, siempre que el vendedor no sea un desarrollador o no opere normalmente en el negocio de propiedades de segunda mano. Si el “valor fiscal mínimo” del inmueble, según la Comunidad Autónoma, es superior al precio, se aplica la tasación fiscal mínima: 8% es aplicable hasta la cantidad de 400.000€ o 30.000€ en el caso de garajes excepto los propios de la vivienda y con un máximo de dos; El 9% es aplicable a la cantidad entre 400.000€ y 700.000€ o entre 30.000€ y 50.000€ para garajes; El 10% es aplicable a la cantidad superior a 700.000€ o 50.000€ para garajes.

  • VIRGINIA. 10% Impuesto de Actos Jurídicos Documentados 1,2%. Para cualquier pueblo, piso o garaje anexo a una vivienda, cuando el vendedor sea promotor o comerciante habitual de inmuebles a estrenar (primera transmisión).
  • VIRGINIA. 21% Impuesto de Actos Jurídicos Documentados 1,2%. A terrenos, locales comerciales o garajes no anexos a una vivienda, siempre que el vendedor sea patrocinador y/o comerciante habitual de dichos inmuebles.
  • Impuesto a las Ganancias de Capital (Plusvalía). Se trata de un impuesto municipal que se paga cada vez que se transmite la propiedad de un bien inmueble (casa, parking, local comercial, solar, etc). El impuesto real se aplica sobre el incremento del valor del campo desde la fecha de compra hasta la fecha de venta. Este impuesto es pagado por el vendedor de la propiedad, salvo pacto en contrario en los términos de la transacción.

Honorarios de abogados. La contratación de un abogado no es obligatoria pero sí recomendable. Sus honorarios normalmente no superan el 1% del valor de la compra.

DOCUMENTOS Y PAPELES NECESARIOS

El NIE no es un permiso de residencia.

El NIE es el “Número de identificación de no residente”. Este es un número personal único que es proporcionado por la Oficina de Extranjeros (oficina de no residentes). Este número será necesario y se mostrará en todos los documentos oficiales suyos.

Su NIE será necesario para abrir una cuenta bancaria, comprar una propiedad, un automóvil, montar un negocio, hacer su declaración de impuestos, etc.

Los documentos que necesitas presentar para obtener tu NIE son:

  • Impreso de exigencia oficial.
  • Original de Cédula de Identidad o Pasaporte más copia.
  • Fotografía tamaño carnet con fondo blanco.
  • Motivo/s por los que requiere un número de NIE (documentación a aportar)

Este proceso normalmente toma de 1 a 5 semanas y el documento debe ser recogido personalmente.

En función de la Directiva 2010/31/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de mayo de 2010, relativa a la certificación energética de edificios, el Real Decreto 235/2013 en el contexto español, por el que se incorpora el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios existentes.

Este Real Decreto establece la obligación de poner a disposición de los compradores o usuarios de edificios un certificado de eficiencia energética que deberá incluir información veraz sobre la eficiencia energética de un edificio o inmueble, (demanda o consumo de energía), así como valores de referencia, tales como energía mínima requisitos con el fin de que los propietarios o inquilinos del edificio o casa, comparen y evalúen su eficiencia energética.

Este documento se emite mediante un certificado que contiene información técnica sobre las características energéticas actuales de cada inmueble y la eficiencia energética de un edificio o unidad del mismo, calculada según el método de cálculo definido por los Ministerios de Industria, Energía y Turismo y Fomento.

El objetivo de este Real Decreto, es optimizar los recursos energéticos que se utilizan en la actualidad, adecuando la vivienda y encauzándola para que sea más eficiente energéticamente mediante opciones de mejora tanto en su envolvente térmica, como en la adecuación de las instalaciones, al tiempo que persigue el aprovechamiento de las energías renovables, en sustitución aquellas que aumentan las emisiones de CO2 a la atmósfera, y contribuyendo así a la reducción del cambio climático.

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Póngase en contacto con Escanda Properties y con gusto responderemos a todas sus preguntas sobre propiedades que pueda tener.


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